El pasado Miércoles 12 de Febrero de 2014, la dirección técnica de HS Consulting mantuvo una reunión con los máximos responsables del departamento de Piscinas de la Conselleria de Salud del Gobierno de las Islas Baleares, para comentar las novedades del nuevo Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.
Es especialmente significativo ya que el estándar de Piscinas pasa de ser autonómico a estatal. En el caso de Baleares la norma vigente data de 1995 (el decreto autonómico 53/1995).
A continuación resumimos los puntos más significativos.
Manual de autocontrol
Cada establecimiento contará con un manual de autocontrol, basado en la metodología preventiva del APPCC que cuente, como mínimo, con las secciones siguientes:
Tratamiento del agua de cada vaso
Control del agua
Mantenimiento de la piscina
Limpieza y desinfección
Seguridad y buenas prácticas
Plan de control de plagas
Gestión de proveedores y servicios
Control de parámetros fisicoquímicos y microbiológicos.
Incremento en la frecuencia de analíticas a un muestreo mensual.
Ampliación de los parámetros físico-químicos y microbiológicos de control. Por ejemplo, se incluirá la medición del valor de CO2 para piscinas cubiertas climatizadas.
En vasos climatizados y con inyección de aire (tipo spa) se incluye el muestreo de Legionella spp.
Los kits usados en los controles de agua de la piscina deberán cumplir con la norma UNE-ISO 17381
Base de Datos.
El objeto es registrar todas las piscinas que son ámbito de aplicación de este Real Decreto en una Base de Datos, y no solo las características de las piscinas, sino también todas las controles físico químicos y microbiológicos, tanto los que se toman a diario como los muestreos mensuales.
Información al público.
Al público se informará de:
Resultados de los últimos controles realizados, para cada vaso.
Información sobre situaciones de incumplimiento y medidas correctoras tomadas.
Material divulgativo sobre prevención de ahogamientos, traumatismos craneoencefálicos y lesiones medulares. Además de protección solar en piscinas no cubiertas.
Información sobre las sustancias químicas y mezclas utilizadas en el tratamiento.
Información sobre la existencia o no de socorrista.
Normas de utilización de la piscina. Derechos y deberes para los usuarios de la misma.
Otros aspectos no contemplados.
Para otros apartados no contemplados en el Real Decreto, como son la presencia de socorristas, medidas de seguridad, estructura de la piscina, accesibilidad… Sigue vigente las partes de los decretos autonómicos (en Baleares el Decreto 53/1995) no derogadas por el R.D. 742/2013.
Equipo HS Consulting